La Embajada de Irlanda anunció que se elimina el requisito de visa para los colombianos que estén en posesión de determinado pasaporte. Aquí le contamos.
Irlanda es un país en Europa que genera mucho interés para los viajeros por sus diferentes paisajes, tanto naturales como urbanos. En una reciente entrevista para El Espectador, la embajadora de dicho Estado en Colombia anunció que desde este momento ciertos connacionales podrán viajar sin visa. Estos son los beneficios y requisitos.
¿Qué colombianos pueden ir sin visa a Irlanda?
La Embajada de Irlanda anunció que se elimina el requisito de visa para los colombianos que estén en posesión de un pasaporte diplomático, así como para quienes tengan pasaportes de servicio o de asuntos públicos (cuando acompañan en una visita a un oficial al Estado).
Esto resulta ser un paso importante, sobre todo luego de que los países cumplieron 25 años de relaciones diplomáticas, teniendo de fondo temas de gran relevancia como el Acuerdo de Paz firmado con las extintas FARC, la cultura y la economía.
Los beneficios de la eliminación de visa irlandesa para ciertos ciudadanos colombianos
De acuerdo con Fiona Nic Dhonnacha, embajadora de Irlanda en Colombia, esta decisión se hace con el objetivo de mantener buenas relaciones con nuestro país y facilitar el proceso de trámite de visas: “Estamos siempre buscando la forma de disminuir la cantidad de papeles y de tiempo necesarios para la visa. Una buena noticia es que desde hoy vamos a suspender el requerimiento de visa para pasaportes diplomáticos, y estamos hablando siempre con nuestros colegas del Ministerio de Justicia para ver cómo podemos facilitar ese proceso”.
Visa de Irlanda para colombianos
Si usted no tiene pasaporte diplomático u oficial, necesita de una visa para poder entrar a Irlanda, sin importar el motivo del viaje o si es por un período corto de tiempo. Recuerde que la visa del Reino Unido e Irlanda del Norte no permite el acceso al territorio irlandés.
Tipos de visa para Irlanda
- Visa TIPO C: son visas de corta duración que se otorgan por un período máximo de 90 días, y pueden expedirse en uno de los siguientes casos: turismo, negocios, visita familiar o amigos, participar en una conferencia o evento, presentar un examen necesario para su empleo actual o de estudio, realizar una pasantía, unirse a una embarcación (abordar un barco que zarpa de Irlanda), contraer matrimonio o establecer sociedad civil (puede solicitar una visa de matrimonio o sociedad civil una vez usted y su posible cónyuge o pareja civil hayan recibido un acuse de recibo por parte del registrador que confirme la fecha de recepción de la notificación de su intención de casarse o de formar parte de una sociedad civil), realizarse un tratamiento médico, entre otros.
- Visas TIPO D: son visas que se otorgan por un período mayor de 90 días y por única entrada. Pueden otorgarse en uno de los siguientes casos: estudio, unirse a un familiar que es ciudadano irlandés o reside legalmente en Irlanda, empleo (puede solicitar una visa de empleo después de haber obtenido un permiso de trabajo del Departamento de Empleo, Empresa e Innovación), empleo como investigador (puede solicitar una visa de empleo si está buscando ir a Irlanda para realizar una investigación en virtud de un “hosting agreement”), ejercer un voluntariado (en una organización elegible hasta por 2 años, con opción de extenderse por un tercer año), unirse o viajar con un familiar de nacionalidad de un país de la Unión Europea, del Área Económica Europea o de Suiza, entre otros.
Para solicitar su visa debe ingresar a la página web del Irish Naturalisation and Immigration Service (INIS) (http://www.inis.gov.ie). Allí deberá diligenciar el formato de solicitud y el sistema le pedirá que envíe la documentación requerida a la oficina de visas más cercana a usted. La oficina de visas asignada para los residentes en Colombia es la del Cónsul Honorario de Irlanda en Bogotá.
Para más información, puede consultar la Guía del migrante colombiano en Irlanda, que puede encontrar aquí.
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